Aprueba IEEPCNL lineamientos para garantizar paridad de género

Rumbo al proceso electoral 2023-2024, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó los lineamientos para garantizar la
paridad de género en las próximas elecciones de Diputaciones locales y Ayuntamientos; así como
los que regulan la distribución y asignación de Diputaciones y Regidurías de Representación
Proporcional, este 6 de septiembre en sesión extraordinaria.
De acuerdo con la normativa electoral, los partidos deberán garantizar la paridad en el registro de
candidaturas a alcaldías, regidurías y sindicaturas de los Ayuntamientos, que las fórmulas de
candidaturas se integren con la persona propietaria y suplente del mismo género, y cumplir con la
paridad de forma vertical, horizontal y transversal en la postulación de estas candidaturas.
En ese sentido, los lineamientos para garantizar la paridad de género en la elección de
Ayuntamientos que avaló el Instituto establecen que los 51 municipios del estado se deben dividir
en 2 bloques de rentabilidad electoral, el primero de 25 municipios y el segundo de 26.
En el primer bloque, se generarán 12 pares y una postulación única, y cada entidad política
decidirá si el número impar se fija al principio, iniciando el primer par con los municipios 2 y 3; o al
final, al comenzar el primer par con los municipios 1 y 2, mientras que ese impar se colocará en el
municipio 25 de la prelación; y en el segundo bloque, se deben crear 13 pares, empezando
siempre con los municipios 26 y 27, para continuar observando la prelación respectiva.
Los lineamientos también señalan que los partidos determinarán con cuál género iniciará cada par,
sin que esto implique una alternancia obligatoria, pero sí que en cada par se postule a una persona
del género femenino.
Cabe mencionar que los lineamientos actuales son significativamente diferentes a los de las
elecciones 2021, ya que en los actuales se contempla una regla para que cada uno de los 2
bloques se integre paritariamente, bajo las reglas de que la postulación única del primer bloque
debe corresponder al género femenino, salvo que se postulen mujeres de manera mayoritaria al
interior de ese bloque, ante lo cual esa postulación única podrá ser para el género masculino.
Respecto a garantizar la paridad en candidaturas de Diputaciones locales para integrar el
Congreso del Estado, conforme con la normativa, las fórmulas postuladas por cada partido

Monterrey, N.L. a 6 de septiembre de 2023

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deberán integrarse por personas propietarias y suplentes del mismo género, y no podrá haber
menos del 50 por ciento de candidaturas propietarias y suplentes del género femenino.
Los lineamientos al respecto también indican que los partidos y coaliciones deben generar dos
bloques integrados por 13 distritos cada uno, listándolos en prelación conforme a porcentajes de
votación, y postularan en cada uno al menos la mitad de las fórmulas para el género femenino y,
en caso de un número impar, la candidatura excedente será para el género femenino.
Y para el caso de Diputaciones Plurinominales, las entidades políticas postularán las fórmulas de
manera paritaria, compuestas cada una por personas propietarias y suplentes del mismo género,
teniendo como única excepción el supuesto en el que, si la fórmula de la candidatura propietaria es
de género masculino o persona no binaria, su suplente podrá ser de género femenino.
Con relación a la asignación de las Diputaciones de Representación Proporcional, los lineamientos
contemplan, entre otras reglas, la forma para establecer y revisar los límites a la sobre y
subrepresentación de los partidos.
Asimismo, prevén revisar los límites de sobrerrepresentación al concluir cada etapa de distribución
y que la verificación de éstos se ejecute únicamente al concluir el último procedimiento realizado.
En el caso de la asignación de Regidurías de Representación Proporcional en los Ayuntamientos,
las reglas precisan que, si se registran planillas incompletas se perderá el derecho a estas
Regidurías, y las regidurías vacantes formarán parte de los espacios a distribuir por este principio
entre los demás partidos y candidaturas independientes con derecho a esto.

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