Propone PAN impedir de manera legal chapulineo de diputados

Monterrey, N.L., 17 Sep 2019.– Para evitar que diputados locales traicionen el voto de los ciudadanos y de los partidos que los postularon, la dirigencia estatal del PAN presentó una iniciativa de ley para prohibir el cambio de una fracción legislativa a otra.

Conocido en el argot político como “chapulineo”, en las pasadas tres semanas media docena de diputados abandonaron las bancadas del PRI, PT, Morena y PES para pasarse a las filas de otro grupo legislativo, causando reacomodos en la estructura organizativa del Poder Legislativo.

Mauro Guerra, presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional, dijo que esta práctica de “brincar de una fracción a otra”, debe de impedirse porque viola la voluntad del ciudadano que votó por una persona y un partido.

En la exposición de motivos se señala que Poder Legislativo es la representación del voto directo de los ciudadanos del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

La ciudadanía legisla para sí a través de sus representantes.

“Cada uno de los 26 diputados electos por mayoría relativa es el representante popular elegido por el distrito al cual representa. Para ser electo, existen dos caminos exclusivamente, por vía de una postulación de partidos políticos, individualmente o en coalición; o por la vía de candidaturas independientes”.

“Adicionalmente, los partidos postulan candidatos de representación proporcional, apegados a los principios constitucionales, y cuya asignación total es de 16 diputados de representación proporcional en el H. Congreso del Estado de Nuevo León, este mecanismo, al igual que en el Congreso General de la República, está encaminado a que las fuerzas políticas y la expresión del soberano sea representada de la forma más proporcional y exacta a su voto en las urnas.

Guerra explicó que la vida de los partidos políticos debe ser permanente y sostenida; pues como señala el artículo 3 de la Ley General de Partidos Políticos toda vez que “son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público”.

El dirigente panista señaló que en es claro que, durante un proceso electoral, al ciudadano votante se le presentan opciones por partidos políticos o por candidatos independientes.

Por ello, las opciones que tiene el elector son más trascendentales que la mera elección de un candidato de partido o coalición o la del candidato independiente.

“Atrás de un candidato de partido o coalición hay una serie de valores, procesos, gastos, principios, y trabajo de una organización sólida que lo respalda. De igual forma, el candidato también engloba y representa los valores, ideales, doctrina y organización del partido o coalición que lo postula. Es decir, representa a un instituto, y no solamente a su persona física”, añadió

“Si un candidato y su respectivo suplente son postulados por un partido y compite contra otros de diversos partidos, es para que los candidatos ganadores duren en su encomienda por el periodo establecido.

“En este escenario, los candidatos vencedores deben representar la opción que los postula y satisfacer los objetivos para los que se destinaron los recursos públicos, que es que su partido, por su conducto, ejerza desde el año 2018 al 2021 el puesto al que fueron electos”, se estaca en la iniciativa de ley.

“Nos resulta evidente, y en estricto apego a los derechos humanos, que la voluntad del pueblo no es un artículo de comercio ni es objeto de transacciones para su representación.

Para el caso específico de la integración de un órgano camaral como es el H. Congreso del Estado de Nuevo León, es perfectamente cuantificable y medible el número de votos, escaños, y territorialidad que se le asigna a la persona y al partido; máxime que se accede por vía del partido en el caso de las de representación proporcional”.

Esto básicamente significa, destacó el panista que, aunque un Diputado sea electo por un distrito local en el estado, este representa a su territorio, su partido, los habitantes del distrito, y a los electores que votaron por esa persona y el partido.

“Por lo que simplemente cambiar de filiación partidista constituye un engaño a la población y un desvío de la finalidad para la que se le asignaron los recursos públicos”.

“Nosotros sostenemos, que este engaño es tanto al elector, al partido, y en general, al contribuyente nacional; toda vez que no se cumple la finalidad con la que se ejerció el financiamiento público”.

El proyecto busca modificar los artículos 40, 43 y 46 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en los que se establece que podrán constituir un Grupo Legislativo los Diputados que pertenezcan al mismo Partido Político que los registró ante la autoridad electoral o aquellos que se registraron como Diputados Independientes ante la autoridad electoral, para actuar de forma orgánica y coordinada en los trabajos del Congreso.

Además de que los Diputados solo podrán pertenecer a un Grupo Legislativo durante los tres años de la legislatura; los que hayan sido postulados por un mismo partido o registrados como Independientes, en ningún caso pueden constituir uno o más Grupos Legislativos separados.

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